Se realizó como juicio abreviado hace cuatro años. Así lo indicó la Fiscalía General del Departamento Judicial Junín. Se desmienten versiones periodistícas erróneas. La imputada había sido condenada a 1 año de prisión en suspenso
Debido a que en las últimas horas comenzaron a circular versiones periodísticas equivocadas en torno al caso del accidente que tuvo como protagonista a Gonzalo Bello, el fiscal Carlos Colimedaglia, titular de la Fiscalía 3 del Departamento Judicial Junín, informó que en sus oficinas se llevó adelante la IPP 04-00-006849-12 (Causa n° 74/2013 del Juzgado en lo Correccional n° 1), caratulada: "Pecini, Yanel Mariana - Lesiones culposas - Bello, Gonzalo (víctima) - Junín"
El 6 de septiembre de 2013, el doctor Luis Alberto Beraza, actuando como subrogante legal en el Juzgado en lo Correccional n° 1, dictó el fallo que en su parte dispositiva señala: ...I)Declarar formalmente admisible la implementación del trámite de juicio abreviado en las presentes actuaciones, en los términos de los arts. 395, 396, 397 párrafo segundo, 398, inc. 2do y ccs. del C.P.P. II) Condenar a Pecini, Yanel Mariana...a la pena de UN AÑO DE PRISIÓN EN SUSPENSO E INHABILITACIÓN ESPECIAL POR UN AÑO Y SEIS MESES, por resultar autora penalmente responsable de la comisión del delito de lesiones culposas, hecho ocurrido en esta ciudad de Junín el 11/11/2012...Con costas. Arts. 5, 26, 29, inc. 3ro y 94 del Código Penal, y arts 530 ss y cc, 375 y 399 del Código de Procedimiento Penal..." . Impuso asimismo en el punto III), pautas de conducta a cumplir por la nombrada por el término de dos años.
En consecuencia, la UFIJ n° 3 no ha ordenado ni solicitado el cumplimiento de diligencia alguna en la actualidad con relación a la mencionada causa, en razón de tratarse de cosa juzgada, se indicó oficialmente.
De este manera se dan por tierra la información errónea publicada por un matutino juninense en su edición de hoy donde se indica que "recién cinco años después, parece que ahora el fiscal Carlos Colimedaglia, está a cargo de la investigación en la causa judicial, y está por citar testigos", algo inexacto por cuanto ya se realizó el juicio.
Debido a que en las últimas horas comenzaron a circular versiones periodísticas equivocadas en torno al caso del accidente que tuvo como protagonista a Gonzalo Bello, el fiscal Carlos Colimedaglia, titular de la Fiscalía 3 del Departamento Judicial Junín, informó que en sus oficinas se llevó adelante la IPP 04-00-006849-12 (Causa n° 74/2013 del Juzgado en lo Correccional n° 1), caratulada: "Pecini, Yanel Mariana - Lesiones culposas - Bello, Gonzalo (víctima) - Junín"
El 6 de septiembre de 2013, el doctor Luis Alberto Beraza, actuando como subrogante legal en el Juzgado en lo Correccional n° 1, dictó el fallo que en su parte dispositiva señala: ...I)Declarar formalmente admisible la implementación del trámite de juicio abreviado en las presentes actuaciones, en los términos de los arts. 395, 396, 397 párrafo segundo, 398, inc. 2do y ccs. del C.P.P. II) Condenar a Pecini, Yanel Mariana...a la pena de UN AÑO DE PRISIÓN EN SUSPENSO E INHABILITACIÓN ESPECIAL POR UN AÑO Y SEIS MESES, por resultar autora penalmente responsable de la comisión del delito de lesiones culposas, hecho ocurrido en esta ciudad de Junín el 11/11/2012...Con costas. Arts. 5, 26, 29, inc. 3ro y 94 del Código Penal, y arts 530 ss y cc, 375 y 399 del Código de Procedimiento Penal..." . Impuso asimismo en el punto III), pautas de conducta a cumplir por la nombrada por el término de dos años.
En consecuencia, la UFIJ n° 3 no ha ordenado ni solicitado el cumplimiento de diligencia alguna en la actualidad con relación a la mencionada causa, en razón de tratarse de cosa juzgada, se indicó oficialmente.
De este manera se dan por tierra la información errónea publicada por un matutino juninense en su edición de hoy donde se indica que "recién cinco años después, parece que ahora el fiscal Carlos Colimedaglia, está a cargo de la investigación en la causa judicial, y está por citar testigos", algo inexacto por cuanto ya se realizó el juicio.


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