Mientras sigue avanzando el proyecto para limitar excarcelaciones, en Junín una jueza dejó en libertad al homicida de Claudia Colo

Se conoció en las últimas horas que a 17 años del homicidio de Claudia Colo, José Luis Correa quedó en libertad y si bien la medida fue apelada, desde el 6 de abril, el asesino de Claudia Colo, -condenado a prisión perpetua- fue beneficiado con la libertad condicional a partir del fallo de la Jueza de Transición Sub-rogante, la magistrada juninense doctora Claudia Dana, del Departamento Judicial Junín.




 En el Senado de la Nación comenzó el análisis del proyecto de ley que por fin limita las excarcelaciones en el sistema carcelario argentino. La ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich defendió ante la Comisión de Justicia y Asuntos Penales del Senado el proyecto que limita las salidas anticipadas de condenados por delitos graves, el cual sería convertido en ley la semana que viene. En ese contexto, aclaró que el proyecto para limitar las excarcelaciones "no es una reacción" ante el crimen de Micaela, la joven violada y asesinada en Entre Ríos.

La funcionaria señaló que los delitos contra la integridad sexual de las personas como el ocurrió en el caso Micaela son los que más alta reincidencia registran y advirtió que "es una cuestión de principios entender que toda persona que cometió este tipo de delitos debe cumplir la totalidad de la condena y no debe tener salidas anticipadas".

"Los delitos que no van a poder gozar del beneficio son homicidio, delitos contra la integridad sexual, robos con arma, en poblado y seguidos de muerte; secuestro extorsivo, trata de persona, asociación ilícita, lavado de activos y narcotráfico", explicó.

La ministra de Seguridad sostuvo que con la reforma del régimen de salidas anticipadas "todo aquel que mate, robe y mate, que vaya contra la integridad sexual de las personas, no va a tener más la confianza del Estado para salir antes".

"Es una enorme preocupación porque vemos personas a las que el Estado les había dado un beneficio que violan esa confianza para escaparse o volver a delinquir", añadió la ministra durante su exposición en la Cámara alta.

Bullrich se reunió ayer con un grupo de senadores de las principales bancadas, quienes se comprometieron a darle sanción definitiva el próximo jueves. El proyecto que modifica la Ley de Ejecución Penal, para limitar las excarcelaciones en casos como robos con armas, homicidio y abuso sexual, entre otros delitos graves.

Otro de los expositores fue el ministro de Justicia bonaerense, Gustavo Ferrari, quien expresó que la libertad condicional "no debe ser concedida a ningún condenado por delitos dolosos que son de particular gravedad", y advirtió que "la modificación a la Ley 24.660 tiene que ser complementada por una reforma del Código Penal, para que el cambio no sea inconsistente", en el marco del debate que inició la Comisión de Reforma del Código Penal en el Senado de la Nación sobre un nuevo régimen de excarcelaciones.

En su discurso, Ferrari propuso que la libertad condicional "no sea concedida a ningún condenado por numerosos delitos dolosos que son de particular gravedad, en los que se produce la muerte de la víctima, y en los cuales hoy en día se concede la libertad condicional".

"La libertad condicional no debe otorgarse a ninguno de los delitos respecto de los cuales, el proyecto que obtuvo sanción en Diputados, prohíbe concederles el régimen de semi-detención o de salidas transitorias, y a ningún condenado por delitos dolosos que son de particular gravedad, entre ellos, muchos en los que se produce la muerte de la víctima".

El ministro propuso, además, que queden excluidos de la libertad condicional todos los homicidios calificados, entre ellos el Femicidio, el aborto sin consentimiento seguido de la muerte de la mujer, el abandono de personas seguido de la muerte de la víctima, la privación ilegal de la libertad coactiva, seguida de la muerte de la víctima, no querida por el autor; y la privación ilegal de la libertad agravada por ser cometida en el marco de una situación de terrorismo de Estado, cuando se produzca la muerte de la víctima.

EL CASO CORREA-COLO


En nuestra ciudad, a pesar de la apelación, desde el 6 de abril, el asesino de Claudia Colo, -condenado a Prisión Perpetua- fue beneficiado con la libertad condicional a partir del fallo de la Jueza de Transición Sub-rogante, Dra. Claudia Dana, del Departamento Judicial Junín.

Los informes elaborados por la Unidad Penal Nº 2 de Sierra Chica califican con 10 su comportamiento. Mientras que la Asesoría Pericial Departamental Azul consideró “inviable que el interno Correa Verdi, José Luis acceda al beneficio de la libertad condicional”.

El Dr. Darío De Ciervo, representante legal de la familia de Claudia Colo en la causa por su homicidio, realizó , sostuvo que "siempre es esperable que alguien que tiene restringida la libertad pugne por salir, por obtener beneficios. Esto es natural" pero consideró que "en este caso se ha cometido un importante error. Espero que se revise pormenorizadamente, porque más allá de los aspectos técnicos que a la gente le cuesta entender, hay también elementos concretos que permiten considerar situaciones muy disímiles al modo de interpretar que exhibió el Juzgado de Ejecución de Junín",.

El abogado sostuvo que "al autor de este crimen, los exámenes psiquiátricos-psicológicos no le han ido bien. Han sido muy negativos. Su patología está vigente, y aquello que había informado la perito psicóloga local Mirta Bruno se mantuvo inalterable a través del tiempo. Debemos reflexionar sobre esto. ¿Cómo interpretamos y valoramos a los auxiliares de la justicia? ¿Quién y cómo lo hacemos?"

Y amplió estas declaraciones al decir que "el último informe que está citado en la resolución es el que hacen un psiquiatra y una psicóloga del Departamento Judicial de Azul. Y me llama la atención cómo se repiten características de aquellos primeros, producidos en la investigación del crimen", añadiendo que esos informes sostienen que "Correa presenta autorreproche aunque sin correlato afectivo acorde" o bien “no se concretó nunca en estos años tratamiento psicológico porque se quejaba de que eran diferentes profesionales” o “no surge en concreto ninguna razón que provoque malestar subjetivo a excepción de su detención"; “de sus propios relatos surge modalidad de tipo utilitaria, elevado autoconcepto, autoconfianza, impostura"; “evasión de estímulos afectivos y escasa introspección”.
“Egocentrismo, emociones superficiales, utiliza su capacidad discursiva para tomar el control de una situación vincular"; "características narcisistas, frialdad afectiva, omnipotencia, tendencia crítica al otro, sin hábito de autocrítica"; personalidad de características psicopáticas al polo narcisista…"

En cuanto a los argumentos de la jueza juninense Dana, De Ciervo expresó que "de todo este arsenal preocupante, el Juzgado de Ejecución sólo tomó "no presentando conductas desajustadas compulsivas". Lo que a mi modo de ver, es un importante error interpretativo y una omisión estatal.
Frente a tan grave conducta delictiva, y ante la reiteración de pronunciamientos negativos, deben extremarse los cuidados".

"Lo esperable del Estado a través del Juzgado de Ejecución, como mínimo, hubiera sido procurar informes pormenorizados, con muchas entrevistas de varios profesionales y con contacto personal con el Juez, entre otras diligencias", añadió De Ciervo mencionando a renglón seguido que "se debe tener la historia, todos los informes, testimonios, conocer la personalidad y el modo de vivir de los familiares que sostienen que lo van a contener, etc. etc. Esto como plataforma básica. Una frase de los peritos últimos -que no sabemos como y durante cuánto se entrevistaron con el interno- tiene que ver con la "no observancia de compulsiones", es lo que exhibe en la cárcel, donde ha sabido amoldarse a las exigencias y a lo que los demás esperan que conteste, donde tiene que convivir con reglas duras, con internos de distintos matices de personalidad, y aún así el porta una inteligencia superior al común de la población carcelaria".

Mencionó que Correa "se recibió de abogado y trabajador social, adopta y aprende con facilidad, lo que en otro tramo se informa: el discurso. Y si revisamos las características de los psicópatas justamente no hay remordimiento, no hay culpa, convencen con argumentos adaptativos pero actúan los sentimientos. Saben perfectamente lo que los demás esperan que hagan o digan para mejorar el concepto; aún así estos profesionales han detectado dichas características. Me parece que estamos jugando con fuego. Reitero, no debemos generalizar. Cada caso debe estudiarse de modo concreto, individual. La historia de esta persona y los hechos nos coloca en otro razonamiento y en otra interpretación, no en la que se desprende de la resolución".

De Ciervo indicó que "la resolución no contempla que Correa se benefició con salidas transitorias para estudiar otras carreras universitarias por un largo tiempo y jamás se había inscripto ni en la carrera de Psicología ni en la de Ciencias Económicas. El informe del Servicio Penitenciario dio cuenta de una conducta fraudulenta en este interno "...con mecanismos de acción psíquicos de orden psicopático.....manipula situaciones para lograr sus cometidos..."  Fue descripto como un sujeto inabordable desde el punto de vista psicoterapéutico".

"No ha contemplado -siguió diciendo De Ciervo- que justamente hay grados de psicopatía, y que justamente la literatura describe como los más graves aquellos que no consideran que tengan que cambiar nada. Por eso no se esfuerzan en hacer terapias. Consideran que el problema son los otros ellos no necesitan. Justamente a él le impusieron como medida que hiciera terapia psicológica y no hizo jamás. Esto mismo fue informado, y de todos modos, la Jueza que tomó la decisión no valoró negativamente tal conducta".

Sobre cómo lo tomó la familia Colo, De Ciervo contó que "obviamente la familia Colo tiene un profundo dolor, heridas irreversibles que además se replicaron con el arrebato de la vida de otra hija en circunstancias similares, como todos saben. De todos modos, y también le consta a los medios, han sido pacientes, respetuosos con la justicia, tolerantes; aún con el extremo dolor que debieron superar.
Pero hay límites, y aquí creo que estamos orillando estos límites que provocan todo tipo de reacciones. También tienen miedo. Cuando se ventiló el debate oral se reportaron evidencias concretas sobre una personalidad de altísima peligrosidad, de manera que las expectativas respecto del autor del crimen fueron nefastas, desde el sentido común. El hecho de saber que un homicida de tales características queda en libertad, obviamente, los conmueve".

-La medida fue apelada por la Oficina de Ejecución Penal del Ministerio Público Fiscal y el expediente está en la Cámara de Garantías del Departamento Judicial de Junín para revisarla. "Si confirman la resolución del Juzgado de Ejecución, Correa mantiene la libertad condicional, si la Cámara la revoca, Correa seguiría preso hasta tanto se evalúen nuevas situaciones o condiciones", dijo el abogado patrocinante de la familia.

La jueza juninense, Claudia Dana,  está momentáneamente a cargo del Juzgado de Ejecución de Junín le concedió la libertad condicional y ya se está cumpliendo. Ahora depende de la Cámara de Garantías que debe resolver la apelación de la Fiscalía.






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