Ante la cantidad de delitos ocurridos en lo que va de 2016, el Concejo Deliberante pidió al Ejecutivo que convoque para la conformación de estos organismos de participación institucional. Qué funciones cumplirán.
Por unanimidad, el Concejo Deliberante de Junín aprobó este martes una solicitud al Departamento Ejecutivo que convoque públicamente a las instituciones juninenses para que conforme el Foro Municipal de Seguridad y los foros vecinales, que en el caso de esta ciudad serán dos, uno por cada Comisaría.
De acuerdo a la legislación, los Foros Municipales de Seguridad estarán integrados por el titular del Departamento Ejecutivo del Municipio o un representante designado por éste, miembros del Departamento Deliberativo del Municipio conforme a criterios de proporcionalidad en la representación partidaria, representantes de organizaciones o entidades comunitarias y sectoriales de carácter municipal, y un representante de instituciones religiosas.
El Municipio confeccionará un registro de entidades comunitarias y sectoriales con actuación en su jurisdicción, debiendo asegurarse la genuina representatividad de aquéllas y la viabilidad funcional y deliberativa del Foro.
Los Foros Municipales de Seguridad se organizarán y funcionarán según criterios de flexibilidad y operatividad y tendrán las siguientes funciones:
Entender e intervenir en las cuestiones y asuntos atinentes a la seguridad pública municipal; evaluar el funcionamiento de las Policías de la Provincia y de los prestadores del servicio de seguridad privada, en su ámbito de actuación; formular sugerencias y propuestas, y solicitar informes a los titulares de las Comisarías, todo ello en su ámbito de actuación; intervenir en los planes de prevención de actividades y hechos delictivos vulneratorios de la seguridad pública y en los planes de mantenimiento de la situación de seguridad pública desarrollados por las Policías de la Provincia correspondientes a su ámbito de actuación.
También podrán derivar inquietudes y demandas comunitarias, y formular propuestas al Defensor Municipal de Seguridad; informar y asesorar a los vecinos acerca de toda cuestión o asunto atinente a la seguridad pública en el ámbito municipal; invitar a autoridades o Funcionarios públicos provinciales y/o municipales, con actuación en su ámbito territorial, para tratar cuestiones o asuntos atinentes a la seguridad pública del ámbito municipal y elegir al Defensor Municipal de la Seguridad en los términos previstos por la presente Ley.
A su vez, los Foros Vecinales de Seguridad tendrán idénticas funciones en las jurisdicciones que les corresponde como entender e intervenir en las cuestiones atinentes a la seguridad pública vecinal, evaluar el funcionamiento y las actividades de las Policías de la Provincia y de los prestadores del servicio de seguridad privada, en su ámbito de actuación, formular sugerencias y propuestas y solicitar informes a los titulares de las Comisarías, intervenir en los planes de prevención de actividades y hechos delictivos o vulneratorios de la seguridad pública y en los planes de mantenimiento de la situación de seguridad pública desarrollados por las Comisarías correspondientes a su ámbito de actuación.
También podrán derivar inquietudes y demandas comunitarias y formular propuestas al Foro Municipal de Seguridad que corresponda, informar y asesorar a los vecinos acerca de toda cuestión o asunto atinente a la seguridad pública en el ámbito vecinal, invitar a autoridades o funcionarios públicos provinciales y/o municipales, con actuación en su ámbito territorial, para tratar cuestiones y asuntos atinentes a la seguridad pública del ámbito vecinal.
Por unanimidad, el Concejo Deliberante de Junín aprobó este martes una solicitud al Departamento Ejecutivo que convoque públicamente a las instituciones juninenses para que conforme el Foro Municipal de Seguridad y los foros vecinales, que en el caso de esta ciudad serán dos, uno por cada Comisaría.
De acuerdo a la legislación, los Foros Municipales de Seguridad estarán integrados por el titular del Departamento Ejecutivo del Municipio o un representante designado por éste, miembros del Departamento Deliberativo del Municipio conforme a criterios de proporcionalidad en la representación partidaria, representantes de organizaciones o entidades comunitarias y sectoriales de carácter municipal, y un representante de instituciones religiosas.
El Municipio confeccionará un registro de entidades comunitarias y sectoriales con actuación en su jurisdicción, debiendo asegurarse la genuina representatividad de aquéllas y la viabilidad funcional y deliberativa del Foro.
Los Foros Municipales de Seguridad se organizarán y funcionarán según criterios de flexibilidad y operatividad y tendrán las siguientes funciones:
Entender e intervenir en las cuestiones y asuntos atinentes a la seguridad pública municipal; evaluar el funcionamiento de las Policías de la Provincia y de los prestadores del servicio de seguridad privada, en su ámbito de actuación; formular sugerencias y propuestas, y solicitar informes a los titulares de las Comisarías, todo ello en su ámbito de actuación; intervenir en los planes de prevención de actividades y hechos delictivos vulneratorios de la seguridad pública y en los planes de mantenimiento de la situación de seguridad pública desarrollados por las Policías de la Provincia correspondientes a su ámbito de actuación.
También podrán derivar inquietudes y demandas comunitarias, y formular propuestas al Defensor Municipal de Seguridad; informar y asesorar a los vecinos acerca de toda cuestión o asunto atinente a la seguridad pública en el ámbito municipal; invitar a autoridades o Funcionarios públicos provinciales y/o municipales, con actuación en su ámbito territorial, para tratar cuestiones o asuntos atinentes a la seguridad pública del ámbito municipal y elegir al Defensor Municipal de la Seguridad en los términos previstos por la presente Ley.
A su vez, los Foros Vecinales de Seguridad tendrán idénticas funciones en las jurisdicciones que les corresponde como entender e intervenir en las cuestiones atinentes a la seguridad pública vecinal, evaluar el funcionamiento y las actividades de las Policías de la Provincia y de los prestadores del servicio de seguridad privada, en su ámbito de actuación, formular sugerencias y propuestas y solicitar informes a los titulares de las Comisarías, intervenir en los planes de prevención de actividades y hechos delictivos o vulneratorios de la seguridad pública y en los planes de mantenimiento de la situación de seguridad pública desarrollados por las Comisarías correspondientes a su ámbito de actuación.
También podrán derivar inquietudes y demandas comunitarias y formular propuestas al Foro Municipal de Seguridad que corresponda, informar y asesorar a los vecinos acerca de toda cuestión o asunto atinente a la seguridad pública en el ámbito vecinal, invitar a autoridades o funcionarios públicos provinciales y/o municipales, con actuación en su ámbito territorial, para tratar cuestiones y asuntos atinentes a la seguridad pública del ámbito vecinal.

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